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Legislación › Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico.

Artículo 26. Circunstancias relevantes para graduar la suspensión.

Artículo 26. Circunstancias relevantes para graduar la suspensión.

Para acordar la duración de la suspensión o la medida de la extinción con arreglo a lo dispuesto en las dos Secciones anteriores de este Capítulo, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:

a) La existencia de intencionalidad o reiteración.

b) La naturaleza de los perjuicios causados.

c) Cuantía de la prestación económica indebidamente percibida.

d) La reincidencia.

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