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Legislación › Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.

ANEXO X

ANEXO X

Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de los miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal, de los Secretarios Judiciales y del Personal al servicio de la Administración Judicial

Miembros de la Carrera Judicial

Grupo de población

Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria

Junio

Diciembre

Presidente de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo)

1

1.202,76

1.503,45

Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional (no Magistrados del Tribunal Supremo)

1

975,49

1.219,36

Magistrado de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo)

1

975,49

1.219,36

Magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo

1

975,49

1.219,36

Presidente del Tribunal Superior de Justicia

1

975,49

1.219,36

Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia

1

975,49

1.219,36

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

1

961,76

1.202,19

Jueces Centrales y Magistrados de los órganos unipersonales

1

824,51

1.030,63

Presidente del Tribunal Superior de Justicia

2

962,43

1.203,03

Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia

2

882,52

1.103,15

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

2

868,83

1.086,03

Magistrados de los órganos unipersonales

2

731,58

914,47

Presidente del Tribunal Superior de Justicia

3

949,94

1.187,42

Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia

3

853,19

1.066,48

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

3

839,49

1.049,36

Magistrados de los órganos unipersonales

3

702,20

877,75

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

4

776,95

971,18

Magistrados de los órganos unipersonales

4

639,70

799,62

Jueces

5

518,93

648,66

Miembros de la Carrera Fiscal

Grupo de población

Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria

Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional

1

975,49

1.219,36

Fiscales de la Fiscalía del Tribunal Supremo

1

975,49

1.219,36

Fiscales de la Fiscalía ante la Audiencia Nacional

1

975,49

1.219,36

Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia

1

975,49

1.219,36

Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia

1

975,49

1.219,36

Fiscales de la Fiscalía ante elTribunal de Cuentas

1

975,49

1.219,36

Fiscales de la Fiscalía General del Estado

1

975,49

1.219,36

Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial de prevención y represión del tráfico ilegal de drogas

1

975,49

1.219,36

Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial para la Represión de los delitos económicos relacionados con la Corrupción.

1

975,49

1.219,36

Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores

1

824,51

1.030,63

Fiscales coordinadores

1

938,08

1.172,60

Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia

2

962,43

1.203,03

Teniente Fiscal en el Tribunal Superior de Justicia

2

882,52

1.103,15

Fiscales Jefes y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial

2

868,83

1.086,03

Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores

2

731,58

914,47

Fiscales coordinadores

2

845,20

1.056,49

Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia

3

949,94

1.187,42

Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia

3

853,19

1.066,48

Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial

3

839,49

1.049,36

Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores

3

702,20

877,75

Fiscales coordinadores

3

815,82

1.019,77

Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial

4

776,95

971,18

Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de fiscales, salvo coordinadores

4

639,70

799,62

Fiscales coordinadores

4

753,26

941,57

Resto de destinos correspondientes a la tercera categoría de fiscales

5

518,93

648,66

Secretarios Judiciales

Grupo conforme al Anexo II.1 R.D.1130/2003

Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria

Junio

Diciembre

Secretarios del Tribunal Supremo

1

818,23

1.022,78

Secretario de Gobierno de la Audiencia Nacional

1

818,23

1.022,78

Secretarios de la Audiencia Nacional

1

776,24

970,30

Secretarios del Tribunal Superior de Justicia

1

776,24

970,30

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

1

766,32

957,90

Secretario de órgano unipersonal, de órganos no jurisdiccionales y registros civiles y de juzgados centrales

1

687,09

858,86

Secretarios del Tribunal Superior de Justicia

2

698,83

873,53

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

2

688,84

861,05

Secretario de órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y registros civiles

2

609,64

762,05

Secretarios del Tribunal Superior de Justicia

3

678,31

847,88

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

3

668,32

835,40

Secretario órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y registros civiles

3

589,13

736,41

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

4

665,08

831,34

Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de secretarios judiciales . .

4

585,88

732,35

Destinos correspondientes a la tercera categoría de secretarios judiciales

5

424,96

531,19

Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses

Grupo conforme al artículo 7.º R.D. 1909/2000

Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria

Junio

Diciembre

Director del Instituto de Toxicología

I

650,10

812,62

Director del Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona, o Institutos con competencias pluriprovinciales

I

650,10

812,62

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

II

635,53

794,41

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

III

620,97

776,21

Director de Departamento de Institutos de Toxicología

I

620,97

776,21

Director de Departamento de Institutos de Toxicología

II

606,40

758,00

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

II

606,40

758,00

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

III

591,84

739,79

Subdirector de Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona, y Director con competencias pluriprovinciales

I

620,97

776,21

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

II

606,40

758,00

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

III

591,84

739,79

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

II

577,28

721,59

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

III

562,75

703,43

Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos

I

591,84

739,79

Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos

II

577,28

721,59

Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos

III

562,75

703,43

Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología

I

562,75

703,43

Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología

II

548,14

685,17

Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología

III

533,58

666,97

Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología

I

475,32

594,14

Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología

II

460,79

575,98

Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología

III

446,18

557,72

Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A. 2.ª)

I

109,30

136,62

Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A. 2.ª)

II

80,12

100,15

Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A 2.ª)

III

65,56

81,94

Personal al servicio de la Administración de Justicia

Grupo conforme al artículo 7.º R.D. 1909/2000

Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria

Junio

Diciembre

Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa.

I

319,80

399,74

 

II

298,99

373,73

 

III

288,59

360,73

 

IV

278,22

347,77

Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa.

I

292,04

365,05

 

II

271,18

338,97

 

III

260,77

325,96

 

IV

250,37

312,96

Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial.

I

250,12

312,65

 

II

229,36

286,69

 

III

218,96

273,69

 

IV

208,55

260,68

Cuerpo o Escala de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

I

319,80

399,74

 

II

298,99

373,73

 

III

288,59

360,73

Cuerpo o Escala de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

I

292,04

365,05

 

II

271,18

338,97

 

III

260,77

325,96

Secretarios de Paz (a extinguir).

IV

347,72

434,64

Médicos Forenses con régimen transitorio de integración y retributivo

Grupo artículo 7.º R.D. 1909/2000

Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria

Junio

Diciembre

Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

619,05

604,48

589,92

773,81

755,60

737,40

 

Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

604,48

589,92

575,40

755,60

737,40

719,24

 

Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

589,92

575,40

560,83

737,40

719,24

701,03

 

Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

575,40

560,83

546,27

719,24

701,03

682,83

 

Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

560,83

546,27

531,70

701,03

682,83

664,62

 

Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

546,27

531,70

517,13

682,83

664,62

646,41

 

Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

531,70

517,13

502,52

664,62

646,41

628,15

 

Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

517,13

502,52

487,96

646,41

628,15

609,95

 

Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

473,44

458,87

444,31

591,79

573,58

555,38

 

Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

458,87

444,31

429,74

573,58

555,38

537,17

 

 

Régimen de jornada normal

Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

422,47

407,90

393,33

528,08

509,87

491,66

 

 

Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

393,33

378,76

364,20

491,66

473,45

455,25

 

 

Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

364,20

349,58

335,02

455,25

436,97

418,77

 

 

Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

335,02

320,45

305,94

418,77

400,56

382,42

Médicos Forenses.

I

276,81

346,01

 

II

262,24

327,80

 

III

247,62

309,52

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