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Legislación › Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana.

Artículo 19. Clasificación.

Artículo 19. Clasificación.

1. A los efectos de la presente ley tendrán la consideración de espacios cinegéticos:

a) Reservas valencianas de caza.

b) Cotos de caza.

c) Zonas de caza controlada.

d) Zonas comunes de caza.

2. Por razones de seguridad y de compatibilidad con la conservación y fomento de determinadas especies no cinegéticas con especiales problemas de conservación se excluyen, respectivamente, de un posible aprovechamiento cinegético las zonas de seguridad y los refugios de fauna.

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