Legislación › Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana.
Artículo 32. Zonas de caza controlada.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2004 y la del 1 de enero de 2019.
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Artículo 32. Zonas de caza controlada.
1. Son zonas de caza controlada aquellos terrenos que sean declarados como tales por la Conselleria competente en materia de caza por cumplir alguno de los siguientes requisitos: ser de titularidad pública y poseer la extensión y la forma exigida para la creación de un coto de caza, o poder ser susceptibles de ordenado aprovechamiento de manera agregada a un coto de caza.
2. El control y regulación del disfrute de la caza en las zonas de caza controlada corresponderá a la Conselleria conselleria competente en materia de caza por sí misma o a través de una entidad local local, federación deportiva o de una sociedad de cazadores sin ánimo de lucro, según se determine reglamentariamente. En cualquier caso, se asegurará la conservación, fomento y ordenado aprovechamiento de los recursos cinegéticos en las mismas, dando preferencia preferencia, en todo caso caso, a los intereses públicos.
3. Las zonas de caza controlada podrán incorporarse al coto de caza en el que se enclaven o por el que atraviesen, o a cualquiera de los que colinden. En defecto de adjudicación, la Conselleria competente en materia de caza establecerá las normas de caza y expedirá los permisos de caza en estas áreas.
4. La declaración de zona de caza controlada no será inferior a 5 años, si se trata de caza menor, o de 10 años si fuera de caza mayor.
5. Para la inclusión de enclavados en una zona de caza controlada de propiedad pública será preciso contar bien con la autorización expresa del propietario o titular del derecho de caza, o bien con la no manifestación expresa en contrario en el plazo de dos meses desde la notificación en forma del inicio del expediente. La inclusión de una propiedad en una zona de caza controlada por esta vía se efectúa sin perjuicio de la expresión de voluntad diferente por el propietario o titular del derecho de caza y su exclusión posterior.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-1987 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2004 | Texto original | Leer |


