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Legislación › Ley 5/2004, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Artículo 7. Suministro de información por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

Artículo 7. Suministro de información por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única.3 del Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre. BOCM-m-2010-90068

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de octubre de 2010 En vigor BOE-A-2010-90068 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 Texto original Leer

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