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Legislación › Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil.

Artículo 8. Principio de participación.

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Artículo 8. Principio de participación.
El personal incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto tendrá derecho a efectuar propuestas a los órganos de prevención regulados en el artículo 13, así como al que serán analizadas y valoradas por el órgano de asesoramiento previsto en el artículo 14, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-14058 Leer Qué cambió
27 de febrero de 2005 Texto original Leer

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