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Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 26 de febrero de 2005 · Último cambio el 23 de marzo de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 26/02/2005
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 2. Definiciones. 3 redacciones · cambió el 09/11/2010
- Artículo 3. Medidas de prevención. 3 redacciones · cambió el 23/03/2013
- Artículo 4. Entrega de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Artículo 5. Tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. 2 redacciones · cambió el 09/11/2010
- Artículo 6. Requisitos técnicos de las instalaciones de recogida y tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 7. Obligaciones de los productores de aparatos eléctricos o electrónicos.
- Artículo 8. Sistemas integrados de gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 9. Objetivos de recogida, valorización, reutilización y reciclado. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 10. Marcado de aparatos eléctricos o electró-nicos.
- Artículo 11. Información a las comunidades autónomas.
- Artículo 12. Información al Ministerio de Medio Ambiente.
- Artículo 13. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Inscripción en el Registro de establecimientos industriales de ámbito estatal.
- Disposición adicional segunda. Financiación de la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado antes del 13 de agosto de 2005 y de aparatos que no procedan de hogares particulares.
- Disposición adicional tercera. Prevención de riesgos laborales.
- Disposición transitoria única. Información sobre la repercusión en el precio del producto de los costes de la gestión de residuos históricos. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Desarrollo, aplicación y adaptación del real decreto.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI


