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Legislación › Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de montes y ordenación forestal.

Artículo 38. Certificación forestal.

Artículo 38. Certificación forestal.

La Consejería competente en materia forestal promoverá la difusión de los sistemas de certificación forestal y velará por que todos ellos cumplan las condiciones de transparencia, voluntariedad, ausencia de discriminación y libre competencia.

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