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Legislación › Ley 2/2005, de 1 de marzo, de Estadística de La Rioja.

Artículo 21. La utilización de los datos amparados por el secreto estadístico.

Artículo 21. La utilización de los datos amparados por el secreto estadístico.

Queda prohibida la utilización de los datos amparados por el secreto estadístico para fines distintos de los estadísticos y especialmente para finalidades fiscales y policiales.

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