Legislación › Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la actividad comercial y las actividades feriales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
La presente ley tiene por objeto establecer el marco jurídico administrativo para el desarrollo de la actividad comercial y las actividades feriales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con la finalidad de fomentar, ordenar y modernizar estas actividades, obteniendo modelos comerciales basados en la diversidad y pluralidad de su oferta en el territorio en el que se desarrollan, en el marco de la libertad de establecimiento y libertad de prestación de servicios y con las excepciones que los intereses generales demanden en el establecimiento de régimen de autorización.
Se modifica por el art. 44.1 de la Ley 6/2009, de 15 de diciembre. BOE-A-2010-657.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2010 En vigor | BOE-A-2010-657 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2005 | Texto original | Leer |


