Legislación › Orden FOM/898/2005, de 8 de abril, por la que se fijan las cuantías de los cánones ferroviarios establecidos en los artículos 74 y 75 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Artículo 4. Aplicación de impuestos indirectos.
Artículo 4. Aplicación de impuestos indirectos.
Sobre las cuantías que resulten exigibles en cada canon, se aplicarán los impuestos indirectos que graven la prestación de los servicios objeto de gravamen, en los términos establecidos en la legislación vigente.


