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Legislación › Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Vigésimo tercero.

Vigésimo tercero.

El titular de la Dirección del Centro de Estudios Penitenciarios ejercerá, por delegación del titular del Departamento y de las restantes autoridades que se expresan a continuación, las siguientes atribuciones:

1. Hasta el límite de 120.000 euros, las facultades que la Ley 9/2007, de 8 de noviembre, atribuye a los órganos de contratación para aquellos contratos cuya finalidad sea realizar actividades docentes en el Centro de Estudios Penitenciarios, desarrolladas en forma de cursos de formación o perfeccionamiento, seminarios, congresos, mesas redondas, conferencias, etc., del personal al servicio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, así como la aprobación, el compromiso de gasto y el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago al Ministerio de Hacienda y Función Pública de los gastos derivados de este tipo de contrataciones.

2. Del titular de la Subsecretaría, la convocatoria de cursos de formación y perfeccionamiento, la selección de los asistentes a los mismos, así como la autorización de la asistencia a jornadas y cursos, del personal adscrito a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Se modifica por el art. único.5 de la Orden INT/131/2023, de 11 de febrero. BOE-A-2023-4215

Se modifica por el art. 1.10 de la Orden INT/50/2010, de 12 de enero. BOE-A-2010-1002.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de febrero de 2023 En vigor BOE-A-2023-4215 Leer Qué cambió
23 de enero de 2010 BOE-A-2010-1002 Leer Qué cambió
16 de abril de 2005 Texto original Leer

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