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Legislación › Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Vigésimo tercero.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 2005 y la del 23 de enero de 2010. Tachado: lo que se quitó (22 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Vigésimo tercero.
El Director del Centro de Estudios Penitenciarios ejercerá, por delegación de las autoridades que se expresan a continuación, las siguientes atribuciones:
1. Del Ministro Titular del Departamento:
1.1 Hasta
Secretario de Estado, hasta el límite de 120.000 euros, las facultades que el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, del Sector Público, atribuye al Titular del Departamento Secretario de Estado como órgano de contratación para aquellos contratos cuya finalidad sea realizar actividades docentes en el Centro de Estudios Penitenciarios, desarrolladas en forma de cursos de formación o perfeccionamiento, seminarios, congresos, mesas redondas, conferencias, etc., del personal al servicio de la Dirección Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, así como la aprobación, el compromiso de gasto y el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago al Ministerio de Economía y Hacienda de los gastos derivados de este tipo de contrataciones.
2. Del Subsecretario del Interior.
2.1 La
Interior, la convocatoria de cursos de formación y perfeccionamiento, la selección de los asistentes a los mismos, así como la autorización de la asistencia a jornadas y cursos, del personal adscrito a la Dirección Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de febrero de 2023 En vigor BOE-A-2023-4215 Leer Qué cambió
23 de enero de 2010 BOE-A-2010-1002 Leer Qué cambió
16 de abril de 2005 Texto original Leer

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