Legislación › Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
Artículo 52. Costes de administración del fondo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 2005 y la del 25 de mayo de 2011. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 52. Costes de administración del fondo.
Los costes de administración del fondo incluyen, al menos, los siguientes:
a) Los que ocasione al gestor la supervisión del coste neto.
b) Los administrativos.
c) Los derivados de la gestión de las contribuciones.
Dichos costes serán objeto de reparto entre los operadores obligados con los mismos criterios que el coste neto del servicio universal, formando parte de sus correspondientes aportaciones al fondo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de mayo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-9012 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2005 | Texto original | Leer |


