Legislación › Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital.
Artículo 20. Expedición de las tarjetas de control.
Artículo 20. Expedición de las tarjetas de control.
Los órganos competentes en materia de transporte por carretera establecerán los mecanismos adecuados para proveer al personal de la Inspección de Transporte por Carretera u otros organismos de control, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad encargadas de la vigilancia y control del transporte por carretera, de las correspondientes tarjetas de control, así como para su renovación, sustitución y modificación de datos.


