Legislación › Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
Disposición adicional cuarta. Constitución de las Comisiones de Docencia.
Disposición adicional cuarta. Constitución de las Comisiones de Docencia.
Las comunidades autónomas, dentro de los criterios generales que fije la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, determinarán la dependencia funcional, la composición y las funciones de las Comisiones de Docencia previstas en este real decreto.
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