Legislación › Ley 2/2005, de 8 de abril, por la que se regula el Estatuto de los ex presidentes de la Junta de Andalucía.
Artículo 3. Incompatibilidades.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de abril de 2005 y la del 4 de enero de 2012.
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Artículo 3. Incompatibilidades.
1. La percepción de la asignación establecida en el artículo anterior es incompatible con la percepción de ingresos resultantes del ejercicio de cualquier mandato parlamentario, de la condición de miembro del Gobierno o alto cargo en cualquier Administración Pública, o del ejercicio de cualquier otro cargo público o de especial confianza remunerado. En estos casos, corresponde a la persona interesada ejercer el derecho de opción, que será revocable en cualquier momento. (Suprimido).
2. Igualmente, el disfrute del derecho a la asignación establecida en el artículo anterior es incompatible con la percepción de ingresos resultantes del ejercicio profesional o actividad laboral del ex presidente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2011-20373 | Leer | Qué cambió |
| 19 de abril de 2005 | Texto original | Leer |


