Legislación › Ley 3/2005, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos.
Artículo 21. Órgano competente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de enero de 2012 y la del 2 de julio de 2021.
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Artículo 21. Órganos competentes del procedimiento sancionador. Órgano competente.
1. El órgano competente para ordenar la incoación será el Consejo de Gobierno cuando los altos cargos sean miembros del Consejo de Gobierno, y el titular de procedimientos sancionadores, así como para la Consejería que tenga atribuidas las funciones en materia de incompatibilidades de altos cargos imposición de las sanciones, cualquiera que sea su gravedad, será la Administración persona titular de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones Dirección de altos cargos la Oficina Andaluza contra el Fraude y de otros cargos públicos en los demás casos. la Corrupción.
2. La instrucción de los correspondientes procedimientos se realizará por quien designe el Consejo de Gobierno cuando los posibles infractores sean miembros del Consejo de Gobierno, y por el titular de la Consejería que tenga atribuidas las funciones en materia de incompatibilidades de altos cargos persona titular de la Administración Dirección de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones de altos cargos Oficina Andaluza contra el Fraude y de otros cargos públicos en los demás casos. la Corrupción.
3. Corresponde al Consejo de Gobierno la imposición de sanciones por infracciones muy graves y, El procedimiento se ajustará a lo previsto en todo caso, cuando el alto cargo tenga la condición de miembro del Consejo Ley 39/2015, de Gobierno. La imposición 1 de sanciones por infracciones graves o leves corresponderá al titular octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Consejería que tenga atribuidas las funciones en materia de incompatibilidades de altos cargos Administraciones Públicas, y su normativa de la Administración desarrollo en relación con el procedimiento administrativo sancionador, así como en el título preliminar, capítulo III, de la Junta de Andalucía y de declaración Ley 40/2015, de actividades, bienes, intereses y retribuciones 1 de altos cargos y octubre, de otros cargos públicos. Régimen Jurídico del Sector Público.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-11380 | Leer | Qué cambió |
| 4 de enero de 2012 | BOE-A-2011-20373 | Leer | Qué cambió |
| 8 de mayo de 2005 | Texto original | Leer |


