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Legislación › Ley 1/2005, de 7 de abril, de los Consejos de la Juventud de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional segunda. Exenciones tributarias.

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Disposición adicional segunda. Exenciones tributarias.
El Consejo de la Juventud de Castilla-La Mancha disfrutará de las mismas exenciones y bonificaciones tributarias establecidas a favor de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en cuanto actúe en el ejercicio de funciones administrativas. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-1369 Leer Qué cambió
8 de mayo de 2005 Texto original Leer

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