Legislación › Ley 3/2005, de 20 de abril, de protección del medio nocturno de las Illes Balears.
Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta.
De acuerdo con el principio de colaboración interadministrativa, se promoverán convenios de colaboración entre la administración del Gobierno de las Illes Balears, los consejos insulares y la administración local, y también, en su caso, con la administración General del Estado, en vista al impulso y la implantación de las medidas que regula esta ley.
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