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Legislación › Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores.

Artículo 20. Funcionamiento de la Comisión.

Artículo 20. Funcionamiento de la Comisión.

La Comisión Permanente se reunirá al menos una vez al trimestre y de forma extraordinaria cuando sea convocada por la Presidencia o a petición de un tercio de sus miembros.

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