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Legislación › Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.

Artículo 82. Registro de Adopciones de Navarra.

Artículo 82. Registro de Adopciones de Navarra.

1. Se crea el Registro de Adopciones de Navarra.

2. La regulación del Registro de Adopciones de Navarra se efectuará mediante desarrollo reglamentario.

Se modifica por el art. único.5 de la Ley Foral 18/2010, de 8 de noviembre. BOE-A-2010-19961.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de noviembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-19961 Leer Qué cambió
3 de enero de 2006 Texto original Leer

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