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Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 125. Informe de la Intervención.

Artículo 125. Informe de la Intervención.

La autorización de cualquier transferencia de crédito requerirá el informe previo de la Intervención o Intervenciones Delegadas afectadas. Dicho informe versará al menos sobre los siguientes extremos:

a) El cumplimiento de las normas y limitaciones aplicables en cada supuesto.

b) La suficiencia de crédito en la partida que se pretenda minorar, independientemente del nivel de vinculación establecido.

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