Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 125. Informe de la Intervención.
Artículo 125. Informe de la Intervención.
La autorización de cualquier transferencia de crédito requerirá el informe previo de la Intervención o Intervenciones Delegadas afectadas. Dicho informe versará al menos sobre los siguientes extremos:
a) El cumplimiento de las normas y limitaciones aplicables en cada supuesto.
b) La suficiencia de crédito en la partida que se pretenda minorar, independientemente del nivel de vinculación establecido.


