LexTotal

Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 20. Competencias de las restantes entidades del sector público.

Artículo 20. Competencias de las restantes entidades del sector público.

Corresponde a las restantes entidades integrantes del sector público y a los órganos con dotación diferenciada:

a) La elaboración de sus presupuestos.

b) La autorización de los gastos y la ordenación de los pagos.

c) Las demás que les atribuya el ordenamiento jurídico.

← Artículo 19 Índice Artículo 21 →