Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 201. Importe de los avales.
Artículo 201. Importe de los avales.
La ley de presupuestos de cada ejercicio fijará el importe máximo de los avales que se vayan a conceder, así como su importe máximo individual.


