Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 206. Formalización de los avales.
Artículo 206. Formalización de los avales.
Los avales se formalizarán en la forma que reglamentariamente se determine y serán firmados por el titular de la Consejería de Hacienda.


