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Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 206. Formalización de los avales.

Artículo 206. Formalización de los avales.

Los avales se formalizarán en la forma que reglamentariamente se determine y serán firmados por el titular de la Consejería de Hacienda.

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