Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 253. Informes generales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de mayo de 2006 y la del 7 de marzo de 2023.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (98 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 253. Informes generales.
1. La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma presentará anualmente a la Junta de Castilla y León, a través del titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, hacienda, un informe general con los resultados más significativos de la ejecución del Plan anual de Control Financiero Permanente y del Plan anual de Auditorías de cada ejercicio.
El informe general incluirá información sobre la situación de la corrección de las debilidades, deficiencias, errores e incumplimientos relevantes puestos de manifiesto en los informes de control financiero permanente y auditoría pública, a través de la elaboración de los planes de acción a que hacen referencia los artículos 272 y 280 de esta Ley.
El contenido del informe podrá incorporar también información sobre los principales resultados obtenidos en otras actuaciones de control, distintas del control financiero permanente y la auditoría pública, llevadas a cabo por la Intervención General de la Administración de la Comunidad.
2. La Intervención General de la Comunidad Autónoma podrá elevar a la consideración de la Junta de Castilla y León, a través del titular de la Consejería de Hacienda, aquellos informes de control financiero permanente, de auditoría pública y de control financiero de subvenciones que, por razón de sus resultados, estime conveniente anticipar su conocimiento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6456 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2006 | Texto original | Leer |


