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Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 268. Ámbito de aplicación.

Artículo 268. Ámbito de aplicación.

El control financiero permanente se ejercerá sobre:

a) La Administración General de la Comunidad Autónoma.

b) Los organismos autónomos dependientes de la Comunidad Autónoma.

c) Los restantes entes públicos sujetos a función interventora.

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