Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 268. Ámbito de aplicación.
Artículo 268. Ámbito de aplicación.
El control financiero permanente se ejercerá sobre:
a) La Administración General de la Comunidad Autónoma.
b) Los organismos autónomos dependientes de la Comunidad Autónoma.
c) Los restantes entes públicos sujetos a función interventora.


