LexTotal

Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 279. Plan anual de auditorías.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de mayo de 2006 y la del 26 de febrero de 2021. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 279. Plan anual de auditorías.
1. La Intervención General de la Administración de la Comunidad elaborará anualmente un plan de auditorías en el que se incluirán las actuaciones a realizar durante el correspondiente ejercicio. El Plan plan anual incluirá las actuaciones correspondientes a subvenciones y ayudas públicas. públicas así como las de supervisión continua de entidades dependientes de la Comunidad que se realicen en el ámbito de la auditoría pública.
2. El Plan anual determinará la modalidad de auditoría a realizar y establecerá el alcance de cada una de ellas, pudiéndose combinar objetivos correspondientes a la auditoría de cuentas anuales, de cumplimiento y operativa. Se podrá incluir en el Plan la verificación del cumplimiento de determinados objetivos o fines por parte de la entidad auditada, especialmente cuando la financiación esté condicionada al cumplimiento de los mismos.
3. La Intervención General de la Administración de la Comunidad podrá modificar el Plan anual de auditorías cuando se produzcan circunstancias que lo justifiquen.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de febrero de 2021 En vigor BOE-A-2021-4321 Leer Qué cambió
29 de mayo de 2006 Texto original Leer

← Artículo 278 bis Índice Artículo 280 →