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Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 63. Aplazamiento o fraccionamiento del pago de las deudas.

Artículo 63. Aplazamiento o fraccionamiento del pago de las deudas.

Podrán aplazarse o fraccionarse las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública en virtud de una relación jurídica de derecho privado, en los casos y con las condiciones que reglamentariamente se establezcan.

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