Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 73. Gestión de los ingresos de derecho público de las entidades no integrantes de la Administración de la Comunidad.
Artículo 73. Gestión de los ingresos de derecho público de las entidades no integrantes de la Administración de la Comunidad.
La gestión de los demás ingresos de derecho público de las entidades del sector público autonómico, no integrantes de la Administración de la Comunidad, se someterá a lo establecido en la sección 2.ª del capítulo I de este título, sin perjuicio de las especialidades establecidas en la normativa reguladora de dichas entidades y en la de los correspondientes ingresos.


