Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Disposición adicional octava. Régimen presupuestario y contable del Consejo de la Juventud.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 1 de enero de 2016.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional octava. Régimen presupuestario y contable del Consejo de la Juventud.
El régimen presupuestario y contable del ente público de derecho privado Consejo de la Juventud de Castilla y León será el establecido por esta Ley ley para las empresas públicas y las fundaciones públicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-1884 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional séptima Índice Disposición adicional novena →


