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Legislación › Orden ITC/1791/2006, de 5 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por aficionados.

Disposición transitoria quinta. Uso de la banda 7100 a 7200 kHz.

Disposición transitoria quinta. Uso de la banda 7100 a 7200 kHz.

La banda de frecuencias 7100 a 7200 kHz no podrá ser utilizada para emisiones del Servicio de Aficionados hasta el 29 de marzo de 2009, por encontrarse atribuida, con carácter primario, al Servicio de Radiodifusión, de acuerdo con la nota 5.141C del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 171, de 19 de julio de 2006. BOE-A-2006-13015

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