Legislación › Real Decreto 757/2006, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos generales del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.
Artículo 1. Naturaleza.
Artículo 1. Naturaleza.
1. El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, es el órgano que agrupa, coordina y representa a todos los Colegios Oficiales de Médicos a nivel estatal y tiene, a todos los efectos, la condición de Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
2. Su domicilio radicará en la capital del Estado, sin perjuicio de poder celebrar reuniones en cualquier otro lugar del territorio español.


