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Real Decreto 757/2006, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos generales del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Sanidad y Consumo · Publicada el 17 de junio de 2006 · Último cambio el 8 de agosto de 2016 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos generales del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.
- Disposición transitoria única. Representantes nacionales de las secciones colegiales.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza.
- Artículo 2. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 3. Composición del Consejo General.
- Sección 2
- Artículo 4. Composición.
- Artículo 5. Condiciones para ser elegible.
- Artículo 6. Forma de elección.
- Artículo 7. Convocatoria de las elecciones, en caso de vacantes.
- Artículo 8. Procedimiento electivo.
- Artículo 9. Toma de posesión, duración de los cargos y causas de cese.
- Artículo 10. Reuniones de la Asamblea General, ponderación del voto y adopción de acuerdos.
- Artículo 11. Funciones de la Asamblea General.
- Sección 3
- Artículo 12. Composición.
- Artículo 13. Reuniones del Pleno del Consejo General.
- Artículo 14. Funciones del Pleno.
- Sección 4
- Artículo 15. Composición.
- Artículo 16. Reuniones de la Comisión Permanente.
- Artículo 17. Funciones de la Comisión Permanente.
- Sección 5
- Artículo 18. De la presidencia del Consejo General.
- Artículo 19. De la Vicepresidencia.
- Artículo 20. De la Secretaría General.
- Artículo 21. Del Vicesecretario.
- Artículo 22. Del Tesorero.
- Artículo 23. Del Oficial Mayor.
- Artículo 24. De la Asesoría Jurídica.
- Artículo 25. De los Representantes Nacionales de las Secciones Colegiales.
- Sección 6
- Artículo 26. De la Comisión de Deontología, Derecho Médico y Visado.
- Sección 7
- Artículo 27. Ingresos del Consejo General.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las secciones colegiales.
- Disposición transitoria segunda. Reglamento de régimen interior.


