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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Artículo 553-38. Obligaciones de conservación y mantenimiento de los elementos privativos.

Artículo 553-38. Obligaciones de conservación y mantenimiento de los elementos privativos.

Los propietarios de elementos privativos deben conservarlos en buen estado y deben mantener los servicios e instalaciones que se ubiquen en ellos.

Se modifica por el art. 1 de la Ley 5/2015, de 13 de mayo. BOE-A-2015-6013.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2015-6013 Leer Qué cambió
1 de julio de 2006 Texto original Leer

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