Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.
Artículo 553-38. Obligaciones de conservación y mantenimiento de los elementos privativos.
Artículo 553-38. Obligaciones de conservación y mantenimiento de los elementos privativos.
Los propietarios de elementos privativos deben conservarlos en buen estado y deben mantener los servicios e instalaciones que se ubiquen en ellos.
Se modifica por el art. 1 de la Ley 5/2015, de 13 de mayo. BOE-A-2015-6013.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de junio de 2015 En vigor | BOE-A-2015-6013 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2006 | Texto original | Leer |


