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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Artículo 556-3. Régimen jurídico.

Artículo 556-3. Régimen jurídico.

La propiedad compartida, en todo lo no establecido por el título de constitución y las disposiciones del presente capítulo, se rige por las normas del presente código relativas a la comunidad ordinaria indivisa y a los derechos de adquisición, en lo que sean compatibles.

Se añade por el art. 2 de la Ley 19/2015, de 29 de julio. BOE-A-2015-9678.

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