Legislación › Ley 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental.
Artículo 15. Uso educativo.
Artículo 15. Uso educativo.
La Generalitat, a través de las consellerias con las competencias en educación y medio ambiente, sin merma de la colaboración de otros departamentos, facilitará el apoyo y promoción del conocimiento de los árboles protegidos, y de la concienciación para su conservación, así como la inclusión del arbolado monumental en circuitos y currículos ecoeducativos. Además, la conselleria con competencia en cultura creará, conservará y velará el legado arbóreo mediante la creación de un archivo documental, bibliográfico y audiovisual que guarde para futuras generaciones este patrimonio y su relación con el pueblo valenciano.


