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Legislación › Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras.

Artículo 46 bis. Subvenciones para fomentar la movilidad de estudiantes, profesores e investigadores.

Artículo 46 bis. Subvenciones para fomentar la movilidad de estudiantes, profesores e investigadores.

La Administración de la Comunidad concederá subvenciones para fomentar la movilidad internacional:

a) De los estudiantes de educación superior de Castilla y León. Estas subvenciones podrán complementar las que reciban con el mismo fin de las propias Universidades o de otras entidades nacionales o internacionales, en cuyo caso se podrán conceder, previa convocatoria, a todos aquellos estudiantes que reúnan los requisitos que establezca su normativa reguladora.

Las subvenciones concedidas serán compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, sin que el importe total subvencionado en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, llegue a superar el coste de la actividad subvencionada.

Las subvenciones se concederán previa convocatoria pública, resolviéndose según se disponga en las bases reguladoras a través del procedimiento de prorrateo o por el orden de presentación, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos.

b) De los profesores e investigadores de las universidades, de los centros superiores de enseñanzas artísticas y centros de investigación de Castilla y León. Estas subvenciones se podrán conceder previa convocatoria pública a todos los solicitantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos que establezcan sus bases reguladoras. Las solicitudes se resolverán por el orden de presentación, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos.

Se modifica por el art. 17 de la Ley 10/2009, de 17 de diciembre. BOE-A-2010-564

Se modifica por el art. 22 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-2394

Se añade por la disposición final 1.5 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre. BOE-A-2007-2827

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2010 En vigor BOE-A-2010-564 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-2394 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2827 Leer

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