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Legislación › Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

Artículo 112. Pago del precio de los contratos.

Artículo 112. Pago del precio de los contratos.

1. El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en esta Ley Foral y en el contrato con arreglo al precio convenido.

2. El régimen del pago del precio se determinará en el pliego de cláusulas administrativas.

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