Legislación › Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales.
Artículo 59. Finalidad.
Artículo 59. Finalidad.
Los consejos de colegios profesionales tienen como finalidad la representación y la defensa generales de la profesión, de acuerdo con los intereses y necesidades de la sociedad en relación con el ejercicio profesional.


