Legislación › Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego.
Disposición adicional segunda. Dictamen preceptivo para procesos electorales.
Disposición adicional segunda. Dictamen preceptivo para procesos electorales.
El Pleno del Consejo Agrario Gallego, por mayoría absoluta, emitirá dictamen preceptivo y vinculante sobre el procedimiento para regular procesos electorales de cara a establecer la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en el futuro.
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