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Legislación › Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.

Artículo 6. Convocatoria y forma de provisión de los puestos de funcionarios en las Consejerías de Turismo.

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Artículo 6. Convocatorias Convocatoria y forma de provisión para de los puestos de funcionarios. funcionarios en las Consejerías de Turismo.
1. Los puestos de trabajo de funcionarios serán provistos por el procedimiento de libre designación en atención a sus especiales características de responsabilidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2. En todo caso, será preceptivo oír, con carácter previo, a la Comisión Asesora de Destinos en el Exterior de la Secretaría de Estado de Turismo, a que se refiere el artículo 8 del presente real decreto.
3. En el
primer cuatrimestre de cada año se publicará la convocatoria ordinaria para la provisión de vacantes en las Consejerías de Turismo que deban cubrirse durante el mismo año. Podrán producirse efectuarse además, en cualquier momento, cuantas convocatorias extraordinarias se precisen, si así lo exigieran las necesidades del servicio.
3. Las convocatorias se harán públicas según lo dispuesto en la normativa en vigor, incluyendo los puestos a proveer, su descripción, los requisitos específicos y, en su caso, los méritos a valorar y las especificaciones derivadas de la naturaleza de las funciones encomendadas, así como las fechas previstas para los efectos de los nuevos nombramientos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3325 Leer Qué cambió
15 de julio de 2006 Texto original Leer

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