Legislación › Ley 8/2006, de 14 de junio, de Creación del Consorcio de Transportes de Mallorca.
Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta.
Se autoriza el consejero competente en materia de presupuestos para que, a propuesta del consejero competente en materia de transporte y con los trámites previos pertinentes, transfiera al Consorcio de Transportes de Mallorca las dotaciones presupuestarias de los presupuestos generales de las Illes Balears destinadas a finalidades relacionadas con el objeto del Consorcio de Transportes de Mallorca.
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