Legislación › Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
Disposición adicional primera. Legislación supletoria.
Disposición adicional primera. Legislación supletoria.
En lo no previsto en esta Ley, se aplicará con carácter supletorio el Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.


