LexTotal

Legislación › Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. El objeto de la presente orden es establecer medidas específicas de protección contra la influenza aviar.

2. La presente Orden será de aplicación en todo el territorio nacional, a excepción de las zonas de protección, vigilancia u otras zonas restringidas, que se hayan delimitado en caso de declararse un foco de influenza aviar de alta patogenicidad, en las cuales se aplicarán, al menos, las medidas establecidas en la Decisión 2006/115/CE, de la Comisión, de 17 de febrero de 2006, relativa a determinadas medidas de protección frente a la gripe aviar altamente patógena en aves silvestres en la Comunidad y por la que se derogan las Decisiones 2006/86/CE, 2006/90/CE, 2006/91/CE, 2006/94/CE, 2006/104/CE y 2006/105/CE.

3. Las disposiciones de esta orden se entenderán sin perjuicio de medidas más restrictivas que puedan establecerse por las autoridades competentes de las comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla, con base en un análisis del riesgo llevado a cabo por las citadas autoridades competentes en sus respectivos territorios.

Se añade el apartado 3 por el art. único.1 de la Orden APA/19/2021, de 18 de enero. BOE-A-2021-795

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-795 Leer Qué cambió
28 de julio de 2006 Texto original Leer

Índice Artículo 2 →