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Legislación › Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar.

Artículo 6. Sistemas de vigilancia.

Artículo 6. Sistemas de vigilancia.

Las medidas relativas a los sistemas de vigilancia de la influencia aviar serán las establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/689 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes.

Se modifica por el art. único.3 de la Orden APA/782/2022, de 5 de agosto. BOE-A-2022-13531

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de agosto de 2022 En vigor BOE-A-2022-13531 Leer Qué cambió
28 de julio de 2006 Texto original Leer

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