Legislación › Orden ECI/2461/2006, de 24 de julio, por la que se dispone la publicación de los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
Artículo 19. Creación y supresión.
Artículo 19. Creación y supresión.
La Junta General podrá, mediante norma reglamentaria de régimen interior, constituir y suprimir los órganos asesores necesarios para el cumplimiento de determinados fines, delegando en ellos las funciones correspondientes.
Para la creación o supresión de estos órganos se requerirá la mayoría de, al menos, dos tercios de los votos emitidos y que representen a colegios u organizaciones colegiales de cinco comunidades autónomas.


