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Legislación › Ley 3/2006, de 18 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Disposición adicional cuarta. Competencias respecto de los inmuebles afectados a la Consejería de Educación destinados a finalidad educativa.

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Disposición adicional cuarta. Competencias respecto de los inmuebles destinados afectados a Institutos la Consejería de Enseñanza Secundaria. Educación destinados a finalidad educativa.
Respecto de los inmuebles destinados afectados a Institutos de Enseñanza Secundaria la Consejería de Educación destinados a finalidad educativa en Cantabria, corresponden a la Consejería de Educación las mismas competencias que la presente Ley ley atribuye a la Consejería de Economía y Hacienda, de conformidad con los procedimientos en ella previstos y con los reglamentos que al efecto se dicten.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-10884 Leer Qué cambió
28 de abril de 2006 Texto original Leer

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