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Ley 3/2006, de 18 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 3 de agosto de 2006 · Último cambio el 4 de abril de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 03/12/2018
- Artículo 3. Clasificación.
- Artículo 4. Bienes y derechos de dominio público o demaniales.
- Artículo 5. Bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales.
- Artículo 6. Propiedades administrativas especiales.
- Artículo 7. Bienes y derechos de las sociedades públicas y fundaciones.
- Artículo 8. Competencias.
- Artículo 9. Desconcentración, descentralización y avocación de competencias.
- Artículo 10. Actuación frente a terceros.
- Artículo 11. Del Inventario General de Bienes y Derechos.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 12. Facultades y prerrogativas.
- Artículo 13. Adopción de medidas cautelares.
- Artículo 14. Régimen de control judicial.
- Artículo 15. Comunicación de hechos punibles.
- Artículo 16. Riesgos.
- Sección 2
- Artículo 17. Facultad de investigación.
- Artículo 18. Órganos competentes.
- Artículo 19. Procedimiento de investigación.
- Artículo 20. Premio por denuncia.
- Artículo 21. Asignación de fincas de reemplazo en procedimientos de concentración parcelaria.
- Sección 3
- Artículo 22. Potestad de deslinde.
- Artículo 23. Órganos competentes.
- Artículo 24. Procedimiento de deslinde.
- Artículo 25. Inscripción.
- Artículo 26. Sobrantes de deslindes de dominio público.
- Sección 4
- Artículo 27. Potestad de recuperación posesoria.
- Artículo 28. Ejercicio de la potestad de recuperación.
- Artículo 29. Órganos competentes.
- Sección 5
- Artículo 30. Potestad de desahucio.
- Artículo 31. Ejercicio de la potestad de desahucio.
- Artículo 32. Órganos competentes.
- Sección 6
- Artículo 33. Obligatoriedad de la inscripción.
- Artículo 34. Título inscribible.
- Sección 7
- Artículo 35. Régimen de disponibilidad de los bienes y derechos.
- Artículo 36. Transacción y sometimiento a arbitraje.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 37. Régimen jurídico de los negocios patrimoniales.
- Artículo 38. Libertad de pactos.
- Artículo 39. Expediente patrimonial. 3 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Artículo 40. Formalización.
- Artículo 41. Tasaciones periciales e informes técnicos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2011
- CAPÍTULO II
- Artículo 42. Modos de adquirir.
- Artículo 43. Carácter patrimonial de los bienes adquiridos.
- Artículo 44. Adquisición por usucapión.
- Artículo 45. Adquisición por ocupación y accesión.
- Artículo 46. Adquisiciones derivadas del ejercicio de la potestad expropiatoria.
- Artículo 47. Adquisiciones mediante herencia, legado o donación. 3 redacciones · cambió el 29/12/2022
- Artículo 48. Adjudicaciones de bienes y derechos en procedimientos judiciales o administrativos.
- Artículo 49. Adquisiciones onerosas de inmuebles y derechos sobre los mismos.
- Artículo 50. Adquisición de edificios en construcción.
- Artículo 51. Adquisición onerosa de bienes muebles.
- Artículo 52. Adquisición onerosa de derechos de propiedad incorporal.
- Artículo 53. Adquisición de bienes por reducción de capital o fondos propios.
- Artículo 54. Adquisición onerosa de títulos representativos de capital.
- Artículo 55. Adquisición derivada de actuaciones urbanísticas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 56. Conservación de los bienes y derechos patrimoniales. 3 redacciones · cambió el 30/12/2009
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 57. Bienes y derechos enajenables.
- Artículo 58. Negocios jurídicos de enajenación.
- Artículo 59. Ingresos por enajenaciones.
- Artículo 60. Aplazamiento de pago.
- Sección 2
- Artículo 61. Competencia.
- Artículo 62. Trámites previos a la enajenación.
- Artículo 63. Formas de enajenación. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 64. Procedimiento de enajenación. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 65. Aportación a juntas de compensación.
- Artículo 66. Enajenación de inmuebles litigiosos.
- Sección 3
- Artículo 67. Competencia.
- Artículo 68. Procedimiento.
- Sección 4
- Artículo 69. Enajenación de derechos de propiedad incorporal.
- Sección 5
- Artículo 70. Concepto. 2 redacciones · cambió el 29/12/2017
- Artículo 71. Competencia. 2 redacciones · cambió el 29/12/2022
- Artículo 72. Cesión de bienes de los organismos públicos.
- Artículo 73. Vinculación al fin.
- Artículo 74. Procedimiento.
- Artículo 75. Resolución.
- Artículo 76. Publicidad de la cesión.
- Sección 6
- Artículo 77. Imposición de cargas y gravámenes.
- CAPÍTULO V
- Artículo 78. Admisibilidad.
- Artículo 79. Permuta por cosa futura.
- Artículo 80. Procedimiento para la permuta de bienes y derechos.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 81. Órganos competentes.
- Artículo 82. Contratos para la explotación de bienes patrimoniales.
- Artículo 83. Procedimiento de adjudicación.
- Artículo 84. Frutos y rentas patrimoniales.
- Artículo 85. Administración y explotación de propiedades incorporales. 3 redacciones · cambió el 30/12/2009
- CAPÍTULO VII
- Sección 1
- Artículo 86. Arrendamiento de inmuebles por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 87. Arrendamiento de inmuebles por organismos públicos.
- Artículo 88. Procedimiento para el arrendamiento de inmuebles.
- Artículo 89. Arrendamiento de parte del derecho de uso o utilización compartida de inmuebles.
- Artículo 90. Utilización del bien arrendado.
- Artículo 91. Resolución anticipada del contrato.
- Artículo 92. Contratos mixtos.
- Sección 2
- Artículo 93. Arrendamiento de muebles.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 94. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público.
- Artículo 95. Forma de la afectación.
- Artículo 96. Afectaciones concurrentes.
- Artículo 97. Procedimiento para la afectación de bienes y derechos.
- Artículo 98. Desafectación de los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 99. Procedimiento para la desafectación de los bienes y derechos demaniales.
- Artículo 100. Mutaciones demaniales.
- Artículo 101. Procedimiento para la mutación demanial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2022
- CAPÍTULO II
- Artículo 102. Adscripción.
- Artículo 103. Procedimiento para la adscripción.
- Artículo 104. Carácter finalista de la adscripción.
- Artículo 105. Competencias de los organismos públicos y entidades del sector público empresarial en relación con los bienes adscritos.
- Artículo 106. Desadscripción por incumplimiento del fin.
- Artículo 107. Desadscripción por innecesariedad de los bienes.
- Artículo 108. Recepción de los bienes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 109. Supuestos de incorporación.
- Artículo 110. Procedimiento para la incorporación de bienes.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 111. Constancia en el inventario.
- Artículo 112. Régimen de publicidad registral.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 113. Necesidad de título habilitante.
- Sección 2
- Artículo 114. Tipos de uso de los bienes de dominio público.
- Artículo 115. Títulos habilitantes.
- Sección 3
- Artículo 116. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos reglados.
- Artículo 117. Bienes destinados a otros servicios públicos.
- Artículo 118. Ocupación de espacios en edificios administrativos.
- Artículo 119. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados o adscritos.
- Sección 4
- Artículo 120. Condiciones de las autorizaciones y concesiones.
- Artículo 121. Autorizaciones.
- Artículo 122. Concesiones demaniales.
- Artículo 123. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales.
- Artículo 124. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones.
- Artículo 125. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones en régimen de concurrencia.
- Artículo 126. Derechos reales sobre obras en dominio público.
- Artículo 127. Transmisión de derechos reales.
- Artículo 128. Titulización de derechos de cobro.
- Artículo 129. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
- Artículo 130. Destino de las obras a la extinción del título.
- Artículo 131. Liquidación de concesiones y autorizaciones sobre bienes desafectados.
- Artículo 132. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 133. Reservas demaniales.
- TÍTULO IV
- Artículo 134. Colaboración del personal al servicio de la Administración.
- Artículo 135. Colaboración ciudadana.
- Artículo 136. Notificación de determinados actos y contratos.
- Artículo 137. Facilitación de información.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 138. Infracciones.
- Artículo 139. Sanciones.
- Artículo 140. Prescripción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 141. Órganos competentes.
- Artículo 142. Procedimiento sancionador.
- Artículo 143. Ejecución de las sanciones.
- TÍTULO VI
- Artículo 144. Principios de las relaciones entre las Administraciones Públicas.
- Artículo 145. Iniciativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la gestión de bienes públicos.
- Artículo 146. Convenios patrimoniales y urbanísticos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
- Artículo 147. Libertad de estipulaciones.
- Artículo 148. Competencia.
- Artículo 149. Comunicación de actuaciones urbanísticas.
- Artículo 150. Régimen urbanístico de los inmuebles públicos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- TÍTULO VII
- Artículo 151. Ámbito de aplicación.
- Artículo 152. Régimen patrimonial.
- Artículo 153. Sector público regional.
- Artículo 154. Sector público administrativo, empresarial y fundacional.
- Artículo 155. Reestructuración del sector público empresarial.
- Artículo 156. Adquisición onerosa de títulos valores. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
- Artículo 157. Constitución de sociedades públicas. 2 redacciones · cambió el 31/12/2011
- Artículo 158. Competencia para la enajenación de títulos representativos de capital.
- Artículo 159. Procedimiento para la enajenación de títulos representativos de capital.
- Artículo 160. Responsabilidad.
- Artículo 161. Administradores.
- Artículo 162. Comisión de auditoría y control.
- Disposición adicional primera. Régimen patrimonial del Parlamento de Cantabria.
- Disposición adicional segunda. Competencias respecto del suelo destinado a la implantación de industrias.
- Disposición adicional tercera. Competencias respecto de las viviendas de protección pública, del patrimonio regional del suelo y particularidades respecto a los bienes que sea necesario adquirir, gravar o enajenar a través del fondo de derribos del Gobierno de Cantabria (fondo carente de personalidad jurídica). 3 redacciones · cambió el 22/07/2022
- Disposición adicional cuarta. Competencias respecto de los inmuebles afectados a la Consejería de Educación destinados a finalidad educativa. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Disposición adicional quinta. Competencias respecto de los vehículos automóviles que conforman el Parque Móvil.
- Disposición adicional sexta. Actualización de cuantías.
- Disposición adicional séptima. Subrogación del usuario a efectos de contratos de seguro y responsabilidad civil.
- Disposición adicional octava. Viviendas oficiales.
- Disposición adicional novena. Bienes del Patrimonio Cultural de Cantabria.
- Disposición adicional décima. Sistemas especiales de gestión.
- Disposición adicional undécima. Informes del Servicio de Administración General de Patrimonio.
- Disposición adicional duodécima. Gestión de la cartera de inversiones financieras y materiales de determinados organismos públicos.
- Disposición adicional decimotercera. Bienes de determinadas entidades públicas.
- Disposición adicional decimocuarta. Régimen de los inmuebles e infraestructuras existentes en los puertos e instalaciones portuarias de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Disposición adicional decimoquinta. Bienes semovientes.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Aplicabilidad del artículo 47.4 de esta Ley a donaciones efectuadas con anterioridad a su entrada en vigor.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de los artículos 82 y 91 y disposición adicional cuarta de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Disposición final segunda. Competencias de gestión de los bienes de dominio público.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


